miércoles, 8 de octubre de 2014

Artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

      Artículo 3 de la Constitución Bolivariana de Venezuela
El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a la 
dignidad y el ejercicio democrático y la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y 
amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del 
cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. 
La Educación y el trabajo son procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Reflexión:
Ylia y Victoria Noguera:  El Estado o gobierno, debe brindar a los ciudadanos protección, y defenderlos de cualquier abuso o irrespeto hacia cada persona, cumpliendo con lo que le corresponde a un país democrático y sin discriminación, donde todos tenemos los mismos derechos de ser amparados.
Chantal: Se establece que el Estado o gobierno dentro de sus funciones principales, debe considerar la protección de los derechos de cada ciudadano, donde cada persona recibe lo que ha merecido, de acuerdo con sus deberes dentro de una sociedad que se forma en la paz.
Abril:  El Estado o gobierno tiene el deber de proteger a los ciudadanos de cualquier injusticia que se haya emitido en su contra, de manera que se pongan en práctica valores de paz y justicia, en donde todos merecemos ser respetados y tenemos iguales derechos, sin diferencias sociales que nos dividan.

Emilio: El Estado o gobierno, de acuerdo a los ideales de una nación fortalecida en valores de respeto, tolerancia y armonía, se ha propuesto como deber primordial, defender a los ciudadanos de cualquier abuso cometido en su contra, sin marcar diferencias ni preferencias. Se considera que todos tienen los mismos derechos que son parte de cada ser humano.

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